Derechos ARSOPB: cómo responder a una solicitud de eliminación de datos (Ley 21.719)
Flujo paso a paso para cumplir con los derechos del titular en menos de 15 días. Qué hacer cuando un cliente pide acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad o bloqueo de sus datos.
Una de las novedades más exigentes de la Ley 21.719 son los llamados derechos ARSOPB: las seis facultades que cualquier titular puede ejercer respecto de sus datos personales. La sigla resume:
- Acceso
- Rectificación
- Supresión (eliminación)
- Oposición al tratamiento
- Portabilidad
- Bloqueo
La ley reemplaza así los antiguos derechos ARCO de la legislación previa, ampliándolos. Y, lo más importante para una inmobiliaria: establece plazos cortos para responder. No tener un proceso definido no es excusa; es agravante.
Qué significa cada derecho en la operación diaria
| Derecho | Qué puede pedir el titular | Plazo recomendado |
|---|---|---|
| Acceso | Una copia de todos los datos personales que la empresa tiene de él | 15 días |
| Rectificación | Corregir datos inexactos o incompletos | 15 días |
| Supresión | Eliminación total de sus datos | 15 días |
| Oposición | Dejar de usar sus datos para un fin específico (ej. marketing) | 15 días |
| Portabilidad | Recibir sus datos en un formato estructurado y reutilizable | 30 días |
| Bloqueo | Mantener los datos pero suspender su uso mientras se resuelve una controversia | 15 días |
La ley admite un plazo máximo de 30 días en general, pero 15 días es la práctica responsable y lo que recomienda la futura Agencia de Protección de Datos.
El escenario más común: una solicitud de supresión
La solicitud que más frecuentemente recibirá una inmobiliaria es la de eliminación ("Por favor borren todos mis datos"). Veámosla paso a paso.
Paso 1: Recibir y registrar la solicitud (día 0)
Debe existir un canal habilitado y publicado para recibir solicitudes. Lo mínimo es un correo dedicado (privacidad@su-dominio.cl). Lo ideal es un formulario público en /privacidad/derechos que registre automáticamente:
- Identificación del solicitante (nombre y RUT o correo).
- Tipo de solicitud (en este caso: supresión).
- Fecha y hora exacta de recepción.
- Un identificador único de seguimiento (caso ARSOPB-2026-001).
Paso 2: Verificar identidad (día 1)
No puede eliminar datos sin estar seguro de que quien pide es realmente el titular. La ley exige verificación razonable, sin pedir datos excesivos.
El estándar habitual es:
- Enviar un enlace de confirmación al correo registrado del titular, o
- Pedir un dato que solo el titular debería conocer (un código que se le envió previamente, número de cliente, etc.).
Lo que no debe hacer: pedir una foto del carnet de identidad por correo. Es desproporcionado para una solicitud de supresión y, paradójicamente, agrava el problema de privacidad.
Paso 3: Ejecutar la supresión (días 2 a 10)
La supresión real tiene varios frentes:
- CRM y base de datos principal: eliminar el registro del lead/cliente.
- Notas comerciales y conversaciones: revisar y borrar registros asociados.
- Sistemas de email marketing: dar de baja y eliminar.
- WhatsApp Business: archivar y eliminar el contacto.
- Respaldos: marcar para eliminación en el próximo ciclo de purga (los respaldos no pueden mantener datos eliminados indefinidamente).
- Terceros con quienes se compartió: notificar a cada uno la solicitud de supresión.
Excepciones legítimas a la supresión
No todos los datos pueden borrarse aunque el titular lo pida. La ley reconoce excepciones cuando existe:
- Obligación legal de conservación (ej. facturación, documentos tributarios: 6 años).
- Necesidad para ejercer o defender una reclamación (ej. una operación de compraventa en curso).
- Interés público o investigación estadística con datos anonimizados.
En estos casos se responde al titular explicando qué datos se eliminaron, cuáles se mantienen y por qué motivo legal específico.
Paso 4: Notificar al titular (antes del día 15)
Enviar una confirmación clara: qué se eliminó, qué se mantuvo (con la causal legal, si aplica), y el cierre del caso ARSOPB.
Paso 5: Registrar en la bitácora de cumplimiento
Guardar internamente: solicitud recibida, identidad verificada, acciones ejecutadas, notificación enviada, fecha de cierre. Esta bitácora es la evidencia ante una eventual fiscalización.
Errores que se ven seguido y conviene evitar
- No tener canal habilitado. Si el titular tiene que adivinar a quién escribir, la inmobiliaria ya está incumpliendo.
- Pedir más datos de los necesarios para verificar identidad.
- Responder fuera de plazo sin notificar al titular ni a la Agencia.
- Eliminar el dato del CRM pero olvidar respaldos y terceros. La supresión debe ser completa.
- No documentar el proceso. Sin bitácora, no hay forma de demostrar cumplimiento.
Por qué automatizar este flujo importa
Un equipo comercial de una inmobiliaria mediana puede recibir, una vez que la ley entre en vigencia, decenas de solicitudes ARSOPB al mes. Procesarlas manualmente —buscar el lead en el CRM, revisar conversaciones, coordinar con marketing, escribir la respuesta— consume horas hombre y aumenta el riesgo de errores que terminan en sanción.
Lo razonable es tener un panel ARSOPB integrado al sistema operativo de la inmobiliaria que:
- Reciba la solicitud por formulario público.
- Verifique la identidad por enlace al correo.
- Muestre todos los puntos donde existe data de ese titular.
- Ejecute la supresión con un click y la propague a sistemas conectados.
- Genere automáticamente la respuesta al titular y la entrada en bitácora.
InmoVisual360 incluye, desde el panel de cada inmobiliaria, el flujo ARSOPB completo: formulario público, verificación, ejecución automática y bitácora de cumplimiento. Cumplir con el plazo de 15 días deja de ser una operación manual.
Si quiere ver cómo opera en una cuenta real, conversemos por WhatsApp.
Vea también: Guía completa de la Ley 21.719 para inmobiliarias · Consentimiento en formularios web.
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